2020

Informes Finales de Auditoría, Dirección de Auditoría Seis - 2020

PERIODO AUDITADO: DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015, RELATIVO AL PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2017 AL 31 DE OCTUBRE DE 2019.

FECHA DE EMISIÓN DEL INFORME: 7/2/2020

BREVE RESUMEN: De conformidad con los resultados obtenidos por medio de los procedimientos aplicados en el examen especial de seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones contenidas en el “Informe de Examen Especial de Gestión Ambiental a la Municipalidad de San José Villanueva Departamento de La Libertad, periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015”, relativo al periodo del 01 de enero de 2017 al 31 de octubre de 2019, se concluye que la municipalidad cumplió con los compromisos adquiridos por medio del plan de mejoramiento aprobado por el Concejo Municipal y las recomendaciones emitidas en el referido informe, asunto menor comunicado mediante carta a la Gerencia no persiste a la fecha del presente examen especial de seguimiento.

PERIODO AUDITADO: DEL 1 DE ENERO DE 2013 AL 30 DE JUNIO DE 2015; RELATIVO AL PERIODO DEL 1 DE ENERO DE 2017 AL 31 DE OCTUBRE DEL 2019. 

FECHA DE EMISIÓN DEL INFORME: 30/1/2020

BREVE RESUMEN: DE CONFORMIDAD CON LOS RESULTADOS OBTENIDOS POR MEDIO DE LOS PROCEDIMIENTOS APLICADOS EN EL EXAMEN ESPECIAL DE SEGUIMIENTO AL CUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES CONTENIDAS EN EL “INFORME DE EXAMEN ESPECIAL DE GESTIÓN AMBIENTAL AL MINISTERIO DE SALUD, RESPECTO A LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON FUENTES Y EQUIPOS GENERADORES DE RADIACIONES IONIZANTES”, PERIODO DEL 1 DE ENERO DE 2013 AL 30 DE JUNIO DE 2015; RELATIVO AL PERIODO DEL 1 DE ENERO DE 2017ª L 31 DE OCTUBRE DE 2019. SE CONCLUYE QUE DE CONFORMIDAD CON LOS RESULTADOS OBTENIDOS QUE LAS 5 RECOMENDACIONES ESTÁN CUMPLIDAS. ADEMÁS, EN RELACIÓN A LA EFECTIVIDAD DE LOS MECANISMOS DE CONTROL INTERNO INSTITUCIONAL, CUMPLIMIENTO DE LEYES, REGLAMENTOS, POLÍTICAS, PLANES DE TRABAJO Y MÁS NORMATIVA RELACIONADA CON LA GESTIÓN AMBIENTAL APLICABLE A LA DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN DE RADIACIONES, DURANTE EL PERIODO SUJETO A EXAMEN, SE CONCLUYE QUE ES FAVORABLE.

PERIODO AUDITADO: DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015,  RELATIVO AL PERÍODO DEL 1 DE ENERO DE 2017 AL 31 DE JULIO DE 2019.

FECHA DE EMISIÓN DEL INFORME: 11/2/2020

BREVE RESUMEN: De conformidad con los resultados obtenidos por medio de los procedimientos aplicados en el Examen Especial de Seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones contenidas en el “Informe de Gestión Ambiental a la Municipalidad de Huizúcar, Departamento de La Libertad, periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015”, correspondiente al periodo del 1 de enero de 2017 al 31 de julio de 2019, se concluye que la Municipalidad de Huizúcar, Departamento de La Libertad, de 18 recomendaciones emitidas en el informe sujeto a seguimiento , 10 fueron cumplidas y 8 no fueron superadas.

PERIODO AUDITADO: DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016", RELATIVO AL PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2018 AL 31 DE OCTUBRE DE 2019.

FECHA DE EMISIÓN DEL INFORME: 29/1/2020

BREVE RESUMEN: DE CONFORMIDAD CON LOS RESULTADOS OBTENIDOS POR MEDIO DE LOS PROCEDIMIENTOS APLICADOS EN EL EXAMEN ESPECIAL DE SEGUIMIENTO AL CUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES CONTENIDAS EN EL INFORME DE “EXAMEN ESPECIAL DE GESTIÓN AMBIENTAL AL MINISTERIO DE ECONOMÍA, PERIODO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016”, RELATIVO AL PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2018 AL 31 DE OCTUBRE DE 2019, SE CONCLUYE QUE LA ADMINISTRACIÓN HA CUMPLIDO CON LAS ACCIONES CONTENIDAS EN EL PLAN DE MEJORAMIENTO A FIN DE ATENDER LAS 4 RECOMENDACIONES DEL INFORME.

PERIODO AUDITADO: DEL 08 DE FEBRERO DE 2016 AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2019.

FECHA DE EMISIÓN DEL INFORME: 27/2/2020

BREVE RESUMEN: De conformidad con los resultados obtenidos de la aplicación de procedimientos de auditoría contenidos en los programas diseñados para la realización del examen especial al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, relacionado con el proceso de otorgamiento de permiso ambiental para desarrollar el proyecto “PCH Nuevo Nahuizalco II”, relativo al periodo del 08 de febrero de 2016 al 30 de septiembre de 2019, se concluye; El MARN, no otorgó permiso ambiental solicitado para desarrollar el proyecto “PCH Nuevo Nahuizalco II”, debido a que la empresa SENSUNAPAN S.A. de C.V. no cumplió con las observaciones señaladas por el Ministerio.
La empresa presenta dos escrituras de inmuebles no registrados a nombre de la empresa SENSUNAPAN S.A. de C.V. en el Centro Nacional de Registro de la propiedad Raíz e Hipotecas.
Con base a lo anterior, y del análisis de la información proporcionada por la administración del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales MARN y la información contenida en la solicitud presentada por la empresa SENSUNAPAN S.A. de C.V. se concluye que la negativa para el otorgamiento del permiso ambiental para la construcción y puesta en marcha del proyecto “PCH Nuevo Nahuizalco II”, se fundamenta en el incumplimiento de requisitos exigidos, establecidos en disposiciones legales y técnicas aplicables, según lo establecido en el Código Civil y en el Informe Técnico de Observaciones al formulario Ambiental del proyecto “PCH Nuevo Nahuizalco II”, tabla no. 2. Registro de caudales ecológicos en sitio proyectado.

 
 
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